Sexo: Conjunto de atribuciones biológicas, genéticas, con las que nacemos, que nos distinguen entre macho y hembra en todas las especies.
Género: Construcción social y cultural. Está formado por un conjunto de características, comportamientos, roles y formas de ser impuestas a las personas en base a su sexo. Así, según somos mujeres u hombres se espera que nos comportemos de forma distinta, que nos gusten diferentes cosas y que alcancemos distintas metas en nuestra vida. El género, al atribuir más importancia a un sexo que a otro, construye y perpetúa la dominación masculina y las discriminaciones y violencias hacia las mujeres.
Estereotipos de género: Los estereotipos se definen como imágenes simplificadas de la personalidad de mujeres u hombres que marcan cómo deben comportarse.
Violencia machista: Violencia que sufren las mujeres por el hecho de serlo, como reflejo de la discriminación de una sociedad patriarcal. Las violencias machistas pueden ser físicas, psicológicas, pueden venir derivadas de una persona, de varias, del conjunto de la sociedad o de las instituciones. Engloba: violencia en pareja o expareja, prostitución y trata con fines de explotación sexual, matrimonios forzosos, mutilación genital femenina, abortos forzosos, acoso, esterilización forzada, violencia económica, ambiental o sexual.
Violencia de género: El concepto violencia de género es un sinónimo de violencia machista. Se refiere también a todas las violencias y discriminaciones enumeradas que sufren las mujeres en una sociedad patriarcal. Sin embargo, por el momento, en la legislación española la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, solo denomina “violencia de género” a la violencia que se da en el ámbito de la pareja o la expareja. A pesar de ello, España ha firmado y ratificado acuerdos internacionales, como el Convenio de Estambul, donde se reconoce que existen otras formas de violencia de género, como la violencia sexual, el acoso, la mutilación genital, esterilización, abortos y matrimonios forzados.
Violencia intrafamiliar o doméstica: En la legislación española, se considera violencia doméstica a la violencia física o psíquica que se ejerce sobre una persona o personas con quien mantiene una relación integrada en el núcleo de su convivencia familiar.
Machismo: Actitud de prepotencia de los varones respecto de las mujeres.
Feminismo: Principio de igualdad de derechos de la mujer y el hombre.
Sexismo: Discriminación de las personas y sus capacidades según su sexo. Infravaloración de un sexo por debajo de otro.
Masculinidad: Conjunto de características físicas, psíquicas o morales que se consideran propias del varón o de lo masculino.
Feminidad: Conjunto de características físicas, psíquicas o morales que se consideran propias de la mujer, o de lo femenino.
Masculinidad hegemónica: Forma de expresar el género masculino que adopta los estereotipos y jerarquías establecidas, perpetuando el patriarcado y manteniendo roles y actitudes dominantes sobre las mujeres.
Nuevas masculinidades: Las nuevas masculinidades o masculinidades alternativas son aquellas que se replantean esta masculinidad impuesta y el orden jerárquico entre sexos. Algunos de los valores que defienden estas nuevas masculinidades son: la actuación en la no violencia, la cooperación frente a la competitividad extrema, la superación de roles y estereotipos y la empatía.
Patriarcado: Sistema de organización política, económica y social regido por la dominación y los privilegios masculinos en detrimento de la opresión y la discriminación de las mujeres.
Coeducación: Modelo educativo que busca integrar los principios de igualdad, equidad y no discriminación de forma transversal en todos los aspectos de la formación.
Amor romántico: Modelo de relaciones de pareja que se basa en mitos impuestos socialmente, como que necesitamos una pareja para poder desarrollarnos plenamente, que solo una persona nos completa y da sentido a nuestra vida, que debemos hacer todo lo posible por perseguir y conservar el amor, aunque en ocasiones nos haga sufrir, etc. El modelo de amor romántico impuesto cultural y socialmente suele ser heterosexual, monógamo, con el objetivo final del matrimonio y la formación de una familia.
División sexual del trabajo: Reparto de tareas y profesiones diferenciado entre mujeres y hombres. Es la reproducción de los roles de género en el ámbito laboral. Los estereotipos han identificado actividades propias de mujeres y de hombres, otorgando mayor valor y remuneración a las masculinas, colocando a las mujeres en una posición inferior.
Brecha de género: Diferencia entre las tasas femeninas y las masculinas en una variable determinada. Por ejemplo: la brecha salarial es la diferencia entre el dinero que perciben las mujeres y los hombres por su actividad profesional. Cuanto mayor es el dato, mayor es la desigualdad.
Techo de cristal: Limitación de las mujeres para ascender en sus carreras profesionales y llegar a puestos de mayor responsabilidad o remuneración por motivos discriminatorios de género.
Ciberviolencia de género: Tipo de violencia contra las mujeres que se produce a través del uso de las nuevas tecnologías.
Sexting: Intercambio de mensajes con contenido sexual (fotografías o vídeos). Esta actividad se convierte en una forma de ciberviolencia de género cuando el agresor utiliza este material sin consentimiento de la víctima y lo difunde a través de redes sociales o páginas web. También cuando utiliza ese contenido para acosar o chantajear a la víctima.
Acoso sexual: Tipo de violencia sexual que ocurre cuando una persona causa intimidación, hostigamiento o humillación a otra persona o por motivos de naturaleza sexual. Generalmente, a la hora de realizar este acoso, se aprovecha una situación de superioridad (laboral, jerárquica, docente, edad…) para causar más daño a la víctima.
Abuso sexual: En la legislación española, se considera abuso sexual los actos que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, atentan contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona.
Agresión sexual: En la legislación española, se considera agresión sexual los actos que atentan contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, utilizando la violencia o intimidación. Se incluyen las violaciones
Trata con fines de explotación sexual: Consiste en la captación y el traslado de personas, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o a la concesión o recepción de pagos o beneficios, para explotar sexualmente a la persona captada. Según el último informe de la UNODC, el 94% de las víctimas de trata con fines de explotación sexual son mujeres y niñas.
Prostitución: Al igual que la trata, la prostitución es una forma de violencia machista que consiste en la explotación sexual de las mujeres a cambio de dinero. Tradicionalmente, se ha querido realizar una distinción entre prostitución y trata, defendiendo que detrás de la prostitución no existe este tráfico de personas y esta retención ilegal que sufren las víctimas de trata. La realidad es que muchas víctimas de trata no se reconocen como tal, y que las mujeres en situación de prostitución también están condicionadas por situaciones de vulnerabilidad, con lo que la línea entre ambas definiciones es muy delgada. De cualquier forma, prostitución y trata son fenómenos inseparables, una condiciona la existencia y perpetuación de la otra.